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| Cómo venir a trabajar a Italia desde países que no forman parte de la Union Euroepa (trabajo en relación de dependecia) | ||||||
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Un trabajador extranjero puede obtener una autorización para venir a trabajar a Italia cuando un empleador/empresa italiana solicita su ingreso. Si el ciudadano extranjero no tiene contacto directo con un empleador o una empresa en Italia, puede inscribirse en las listas que se encuentran en los consulados italianos para señalar su disponibilidad para venir a trabajar a Italia. La mayor parte de las autorizaciones para trabajar en Italia dependen de las cuotas de ingreso: periódicamente el gobierno establece a través del “decreto flussi” el número máximo de trabajadores extranjeros que pueden venir a trabajar a Italia. Solo en algunos casos especiales el ingreso no está sujeto a las cuotas del “decreto flussi” (ver “casi di autorizzazione al lavoro fuori quota”). Con el “decreto flussi” de 2007 se modificó la modalidad para solicitar el ingreso de un trabajador extranjero. Ya no se realiza en el correo, sino que por medio de internet entrando en el sitio del “Ministero dell’Interno” (Ministerio del Interior), enviándola al “Sportello Unico” (en adelante SUI) de competencia. La solicitud la puede hacer un ciudadano utilizando su oredenador personal o dirigiéndose a las asociaciones (sindicato, patronato, etc.) que dan asistencia gratuita para enviar la solicitud. La documentación necesaria cambia en función del tipo de empleo (en una empresa o doméstico). En el caso del trabajo doméstico (collaboratore domestico/badante), el empleador debe demostrar que posee los medios económicos suficientes para mantenerse a sí mismo y para pagar el sueldo y aportes jubilatorios/sanitarios del trabajador.En todos los casos, el empleador debe garantizar condiciones de trabajo de acuerdo con las normas vigentes y por medio de una propuesta de “contratto di soggiorno”. Además, debe asegurar al trabajador una vivienda y la cobertura económica en caso de rimpatrio. Asimismo, el empleador debe presentar la documentación que acredita que el trabajador está capacitado para ejercer la profesión (títulos de studio, experiencia laboral, etc.). El SUI
En el caso de que la Policía o la DPL den una respuesta negativa el SUI rechaza la solicitud. En cambio, si la respuesta de ambos es positiva el SUI:
El empleador debe enviar al trabajador en el extranjero el “nulla osta”. El trabajador debe presentarse al Consulado italiano de competencia con el nulla osta para solicitar el visado de ingreso a Italia por motivo laboral. ATENCION: el “nulla osta” tiene una validez de seis meses desde su emisión, por lo tanto, la solicitud del visado debe realizarse en dicho período. Luego del ingreso en Italia, el trabajador extranjero tiene 8 días de plazo para contactar el SUI que emitió el “nulla osta” para solicitar su permiso de residencia (“permesso di soggiorno”, en adelante pds). El primer pds tiene una duración de un año en caso de contrato por tiempo indeterminado. En caso de contrato por tiempo determinado o estacional, la duración del pds equivale a la duración del contrato de trabajo. En el caso de contrato de trabajo estacional, no es posible renovar el pds. Solo después del segundo ingreso por trabajo estacional es posible convertir el pds en función de las cuotas disponibles en el “decreto flussi”. Aggiornato al 12 Maggio 2009 |
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| Documentos correlativos | ||||||
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