< torna alle faq di telefonomondo.it
xx x x
x Un servizio di
Progetto Integrazione
Cooperativa sociale - ONLUS.
Ricerche, formazione, mediazione interculturale,interventi sulle problematiche dell'immigrazione.
Progetto Integrazione
via Angera, 3 - 20125 Milano
tel. 02.66986000
fax 02.67574334
coop.progint@tiscali.it
www.progettointegrazione.it
x
 
Come fare per
Venire in Italia dai paesi che non fanno parte dell’Unione Europea
Far venire i propri familiari stranieri a vivere in Italia quando il /la capofamiglia è cittadino/a di paese che non fa parte dell’Unione Europea
 

Reagrupaciónfamiliar

¿Cómo traer a Italia a la familia cuando se es un ciudadano extranjero no comunitario?

Los ciudadanos residentes en Italia con “Permesso di soggiorno CE lungo soggornanti” o con “permesso di Soggiorno” de duración al menos anual por alguno de los siguientes motivos:

  • Trabajo subordinado o autónomo.
  • Asilo político.
  • Protección (protezione sussidiaria).
  • Estudio.
  • Motivos religiosos.
  • Familiar.
  • Espera Ciudadanía (attesa cittadinanza).

tienen derecho de traer a la familia a vivir con ellos en Italia. Es posible enviar la solicitud aún cuando el ciudadano extranjero que vive legalmente en Italia sólo tiene el comprobante (ricevuta postale) del pedido del primer permiso o del renuevo del permiso. La reagrupación familiar es posible a favor de:

- El/la cónyuge mayor de 18 años, siempre que no estén legalmente separados .
- Los hijos menores de 18 años solteros. (inclusive los hijos del/la cónyuge y los hijos nacidos fuera del matrimonio).
- Los hijos mayores de 18 años sólo en el caso que no sean autosuficientes e inválidos al 100% (“invaliditá100%”) .
- Los padres  económicamente a cargo, si no tienen otros hijos en el país de origen/procedencia o los padres mayores de 65 años si sus hijos presentes en el país de origen/procedenciano pueden sostenerloseconómicamentedebido a serios y documentados problemas de salud.

La solicitud dereagrupaciónfamiliar se envía por Internet a través del sitio del Ministerio del Interior (Ministero dell’Interno), sección “ricongiungimenti familiari”. Para obtener asistencia gratuita es posible dirigirse a los “patronatos” y otras asociaciones habilitadas por el Ministerio para el envío de la solicitud.


Una vez recibida la solicitud, el “Sportello Unico” de la Prefectura de la Provincia de residencia dará una cita al interesado para la presentación de los documentos relativos a  los recursos económicos y la vivienda.

Para obtener la autorización de ingreso para lareagrupaciónfamiliar (“nulla osta”), el extranjero residente en Italia tiene que demostrar que posee los recursos económicossuficientespara cubrir sus necesidades y las de su familia. Es posible sumar los ingresos de todos los miembros del núcleo familiar que ya conviven en Italia con el solicitante. En el caso que el solicitante no posea un ingreso personal también es posible presentar ladocumentaciónde otro miembro del grupo familiar ya presente en Italia. Los recursos económicos no pueden ser inferiores a 5.424,89 euros , (valor del subsidio social) para el familiar que hace la solicitud y aumenta de 2.712,45 euros por cada familiar areagrupar (la mitad del valor del subsidio social) .

Por ejemplo:
- un núcleo familiar de 3 personas: una persona que quiere traer a Italia a su mujer y a un hijo tiene que demostrar un ingreso anual de al menos 5.424,90 euros (equivalente al subsidio social) más dos veces 2.712,45, o sea en total, 10.849,80 euros.
- un núcleo familiar de 4 personas: una persona que sereagrupacon su mujer y sus dos hijos tendrá que demostrar un ingreso anual no inferior a 13.562,25 euros.
- Un núcleo familiar de 5 personas: necesitará demostrar un ingreso anual de al menos 16.274,70 euros.


Para lareagrupaciónfamiliar de dos ó más menores de 14 años ó de dos o más familiares de un titular de un “permessodisoggiorno per protezione sussidiaria” serán necesarios 10.849,80 euros (el equivalente al doble del subsidio social).

El familiar residente en Italia deberá acreditar la disponibilidad de una vivienda adecuada para él y para el número de personas que allí vivirán. Además, la vivienda debe cumplir con los requisitos higiénico sanitarios establecidos,demostrable con el certificado emitido por la oficina comunal competente. Asimismo,  es necesario presentar la escritura de propiedad o el contrato de alquiler ó  el desubalquileró el de uso gratuito de la vivienda. Cualquiera sea el tipo de contrato que se presente, el mismo tiene que estar registrado.

Si el solicitante es unhuésped, el propietario/locatario de la vivienda en cuestión deberá completar el modelo T2, declarando sudisponibilidadpara hospedar a los familiares que llegarán a Italia. En el caso que sereagrupea un menor de edad inferior a los 14 años es suficiente una declaración dehospitalidaddel titular de la vivienda (no es necesario el certificado higiénico sanitario).

Luego de la presentación de ladocumentación, el “Sportello Unico” emite el “nulla osta” que debe ser enviado a los familiares en el exterior.
Sucesivamente, los familiares con el “nulla osta” en mano deben solicitar el visado de ingreso en el Consulado Italiano presentando:  el “nulla osta”, ladocumentaciónque demuestra los vínculos familiares y otros documentos de estado civileventualmentenecesarios. En el caso dereagrupaciónfamiliar a favor de un hijo mayor de 18 años, las condiciones de no autosuficiencia e invalidez seránevaluadaspor el Consulado Italiano en el país de origen/procedencia. Asimismo, en el caso dereagrupacióna favor de padres de más de 65 años es el Consulado que evaluará la condición de salud de los otros hijos presentes en el país de origen/residencia. Para los padres de más de 65 años es necesario un seguro médico completo válido en Italia.
El “nulla osta” tiene una vigencia de 6 meses.

¿Qué hacer cuándo el “Sportello Unico” tarda en emitir el “nulla osta” ?

Elart. 29 del TextoUnico (TestoUnico sull’immigrazione, en adelante TU) dispone que el “Sportello Unico” debe emitir la autorización al ingreso (“nulla osta”) en no más de 180 días.

Frente al deniego de la autorización al ingreso de los familiares es posible presentar una causa en el tribunal Ordinario competente de acuerdo a la residencia del interesado.


¿Cómo traer a Italia a los propios familiares cuando el solicitante es un refugiado político?

Los refugiados políticos deben pedir el “nulla osta” para lareagrupaciónfamiliar pero no tienen que presentar los documentos relativos a la vivienda y a los recursos económicos . Sólo deben demostrar los vínculos familiares. (art. 29, TU)

De todas maneras, los familiares de un refugiado político (cónyuge, hijos menores de edad, hijos mayores de edad inválidos y padres no autosuficientes) tienen derecho al “permessodisoggiorno” por motivos familiares aún si ingresaron en el territorio italiano sin visado y se encuentran ilegalmente en Italia. (art. 30, TU)


¿Cómo traer a Italia a los propios familiares cuando el solicitante es unciudadanoitaliano o comunitario?

En el caso de los familiares no comunitarios de un ciudadano italiano o comunitario se aplican las normas de la Comunidad Europea.

Los familiares deben solicitar el visado de “familiareaseguito” en el Consulado italiano de su país de origen/residencia. No es necesario el “nulla osta” de la Prefectura pero hay que presentar en el consulado:

- la declaración del ciudadano italiano/comunitario(según el modelo de la Cancillería ) en la que se solicita la presencia del familiar en Italia con copia adjunta de su documento de identidad .
- la documentaciónque acredita que el familiar dependeeconómicamentedel ciudadano italiano/comunitario. Estadocumentaciónno es necesaria en el caso de lareagrupacióncon el/la cónyuge y los hijos menores de edad.
- la documentaciónque acredita el vínculo familiar con el ciudadano italiano/comunitario ( partida de nacimiento, certificado de casamiento, etc.)

Luego del ingreso en Italia y en el plazo de 48 horas es necesario presentar la declaración de “Cessione di Fabbricato” a la oficina competente y conservar copia de la misma.

Luego del ingreso en Italia y en el plazo de 8 días debe solicitarse el “permessodi soggiorno”:

- directamente en la comisaría (Questura) de la provincia de domicilio en el caso de los familiares de los ciudadanos italianos/comunitarios.
- al “Sportello Unico” que emitió el “nulla osta” en todos los demás casos.

marzo 2011.

 

 
 Documenti utili
 
Documenti e procedura per ricongiungimento familiare
file: modello_S_ricongiungimento.pdf | 45 Kb
elenco dei paesi per i quali è abolita la legalizzazione dei documenti
file: no legalizzazione certificati.doc | 38 Kb
Tabella della disponibilità finanziaria
file: Tabella_disp_finanziaria.doc | 28 Kb
Testo Unico sull’immigrazione, Dlgs 286/98
file: Testo Unico.doc | 252 Kb
Disposizioni in materia di circolazione e soggiorno dei cittadini dell'Unione europea Decreto del Presidente della Repubblica n. 54/2002
file: DPR 54-2002 Cittadini UE.doc | 66 Kb